28 de Abril 2026
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está obligado a cubrir los servicios médicos, la dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas para los menores de edad con discapacidad.
La extinta Segunda Sala de la SCJN amparó a un niño con discapacidad auditiva para que el IMSS le diera el servicio de un implante coclear, ya que en varias ocasiones el instituto se negó a hacerlo porque el Reglamento de Prestaciones Médicas excluía esta prestación para los menores de edad.
La Sala de la Corte le dio 90 días al Poder Legislativo para que modificara el artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, al ser contrario a los derechos a la protección de la salud, a la seguridad social y al interés superior de la niñez.
Sin embargo, la norma no fue modificada en el plazo establecido, por lo que se generó una Declaratoria General de Inconstitucionalidad, la cual invalida este artículo para todos los menores de edad.
Durante la sesión del Pleno de 28 de abril, la ministra Lenia Batres Guadarrama se opuso a declarar la total invalidez del precepto, ya que consideró que el IMSS no podría garantizar la cobertura para todos los niños, niñas y adolescentes, sin las condiciones materiales ni financieras.
"No podríamos, insisto, presumir que el IMSS tenga capacidad material y financiera para proporcionar estos insumos de forma generalizada, sin contar con evidencia técnica sobre infraestructura, presupuesto y recursos; y, por ello, una declaratoria de invalidez con efectos generales tendría que basarse en una valoración previa de esa capacidad"
A pesar de que el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, explicó que la invalidez general sólo aplicaba para los menores de edad y no para toda la población, la ministra Batres Guadarrama votó en contra y sostuvo que “es imposible la solución de este tipo de declaratoria”.
La declaratoria general de inconstitucionalidad, basada en el interés superior de la niñez, que obliga al IMSS a la prestación de servicios médico de prótesis y anteojos, fue aprobado por mayoría de siete votos en el Pleno de la Suprema Corte.





